El 5º mandamiento dice: «no, matarás» ¿Qué pasa con los soldados que defienden su patria?


EL 5º MANDAMIENTO DICE: «NO MATARÁS» ¿QUÉ PASA CON LOS SOLDADOS QUE DEFIENDEN SU PATRIA?
Por Jesús Mondragón 

La siguiente pregunta fue formulada por un hermano en el grupo de CATÓLICO DEFIENDE TU FE.

Hola buenas noches tengo una pregunta respetuosamente...dice el quinto mandamiento NO MATAR entonces los soldados ""que hacen por defender nuestra patria""" que pasa?


Mi respuesta para este hermano fue breve, pero apegada a la enseñanza oficial de la Iglesia Católica y es la siguiente.

«Si es en defensa de la patria no es pecado, es legítima defensa. Pero si se invade otra nación SÍ es pecado.»


De inmediato varios hermanos amablemente dieron su opinión al respecto, en franco desacuerdo con mi respuesta. He aquí algunas de ellas.

"Jesús Mondragón matar es matar... sin substerfugios."

"Estas equivocado. Son leyes del mundo, las de DIOS TE DICEN QUE NO DEBES MATAR. No juegues con los mandamientos."

"Matar es matar..."
 


Debo señalar que mientras los hermanos dieron "su opinión personal", mi respuesta no era una mera opinión, sino la doctrina oficial de la Iglesia Católica sobre ese tema en concreto.

Las redes sociales son sin duda una herramienta valiosísima para manifestar nuestras opiniones. Pero, "la religión no es cuestión de opinión, sino de estudio". Sobre temas religiosos se debe responder con bases sólidas fundamentadas en la Biblia, la Tradición de la Iglesia y el Magisterio oficial de la Iglesia Católica. No es cuestión de sentimentalismos porque éstos nublan la razón y la justicia. Cómo Cristianos Católicos debemos estudiar y conocer qué enseña nuestra Iglesia y responder a las posibles preguntas de otras personas en base a la verdad y no a opiniones personales.


Reitero una vez más, la religión no es cuestión de opinión hermanos, sino de estudio. La Iglesia Católica ha canonizado Santos a mártires de la guerra cristera. Proclamó a la Santísima Virgen María, "Auxilio de los cristianos" cuando gracias a su intercesión se ganó la Batalla de Lepanto en legítima defensa contra el Imperio Otomano.

Un soldado que va a la guerra por defender a su patria, es inocente del pecado de homicidio, porque existe el principio universal de la legítima defensa y no es cosa de hombres. He aquí la enseñanza oficial de la Iglesia Católica sobre ese principio, del Catecismo de la Iglesia Católica. Los textos en mayúsculas se resaltan para precisar la doctrina.

LA LEGÍTIMA DEFENSA

2264 El amor a sí mismo constituye un principio fundamental de la moralidad. ES, POR TANTO, LEGÍTIMO HACER RESPETAR EL PROPIO DERECHO A LA VIDA. EL QUE DEFIENDE SU VIDA NO ES CULPABLE DE HOMICIDIO, incluso cuando se ve obligado a asestar a su agresor un golpe mortal:

«Si para defenderse se ejerce una violencia mayor que la necesaria, se trataría de una acción ilícita. Pero si se rechaza la violencia en forma mesurada, la acción sería lícita [...] y no es necesario para la salvación que se omita este acto de protección mesurada a fin de evitar matar al otro, pues ES MAYOR LA OBLIGACIÓN QUE SE TIENE DE VELAR POR LA PROPIA VIDA QUE POR LA DE OTRO» (Santo Tomás de Aquino, Summa theologiae, 2-2, q. 64, a. 7).

2265 LA LEGÍTIMA DEFENSA PUEDE SER NO SOLAMENTE UN DERECHO, SINO UN DEBER GRAVE, para el que es responsable de la vida de otro. La defensa del bien común exige colocar al agresor en la situación de no poder causar perjuicio. Por este motivo, LOS QUE TIENEN AUTORIDAD LEGÍTIMA TIENEN TAMBIÉN EL DERECHO DE RECHAZAR, INCLUSO CON EL USO DE LAS ARMAS, a los agresores de la sociedad civil confiada a su responsabilidad.

GUERRA JUSTA, ES DECIR, NO UNA GUERRA DE INVASIÓN, SINO DE DEFENSA DE LA PATRIA


EVITAR LA GUERRA

2307 El quinto mandamiento condena la destrucción voluntaria de la vida humana. A causa de los males y de las injusticias que ocasiona toda guerra, LA IGLESIA INSTA CONSTANTEMENTE A TODOS A ORAR Y ACTUAR PARA QUE LA BONDAD DIVINA NOS LIBRE DE LA ANTIGUA SERVIDUMBRE DE LA GUERRA (cf GS 81).

2308 Todo ciudadano y todo gobernante están obligados a empeñarse en evitar las guerras.

Sin embargo, “mientras exista el riesgo de guerra y falte una autoridad internacional competente y provista de la fuerza correspondiente, UNA VEZ AGOTADOS TODOS LOS MEDIOS DE ACUERDO PACÍFICO, NO SE PODRÁ NEGAR A LOS GOBIERNOS EL DERECHO A LA LEGÍTIMA DEFENSA” (GS 79).

2309 Se han de considerar con rigor las condiciones estrictas de una legítima defensa mediante la fuerza militar. La gravedad de semejante decisión somete a esta a condiciones rigurosas de legitimidad moral. Es preciso a la vez:

— Que el daño causado por el agresor a la nación o a la comunidad de las naciones sea duradero, grave y cierto.

— Que todos los demás medios para poner fin a la agresión hayan resultado impracticables o ineficaces.

— Que se reúnan las condiciones serias de éxito.

— Que el empleo de las armas no entrañe males y desórdenes más graves que el mal que se pretende eliminar. El poder de los medios modernos de destrucción obliga a una prudencia extrema en la apreciación de esta condición.

ESTOS SON LOS ELEMENTOS TRADICIONALES ENUMERADOS EN LA DOCTRINA LLAMADA DE LA “GUERRA JUSTA”.

La apreciación de estas condiciones de legitimidad moral pertenece al juicio prudente de quienes están a cargo del bien común.

2310 Los poderes públicos tienen en este caso el derecho y el deber de imponer a los ciudadanos las obligaciones necesarias para la defensa nacional.

LOS QUE SE DEDICAN AL SERVICIO DE LA PATRIA EN LA VIDA MILITAR son servidores de la seguridad y de la libertad de los pueblos. Si realizan correctamente su tarea, COLABORAN VERDADERAMENTE AL BIEN COMÚN DE LA NACIÓN Y AL MANTENIMIENTO DE LA PAZ (cf GS 79).

2311 Los poderes públicos atenderán equitativamente al caso de QUIENES, POR MOTIVOS DE CONCIENCIA, REHÚSAN EL EMPLEO DE LAS ARMAS; éstos SIGUEN OBLIGADOS A SERVIR DE OTRA FORMA a la comunidad humana (cf GS 79).

2312 La Iglesia y la razón humana declaran la validez permanente de la ley moral durante los conflictos armados. “Una vez estallada desgraciadamente la guerra, no todo es lícito entre los contendientes” (GS 79).

2313 Es preciso respetar y tratar con humanidad a los no combatientes, a los soldados heridos y a los prisioneros.

Las acciones deliberadamente contrarias al derecho de gentes y a sus principios universales, como asimismo las disposiciones que las ordenan, son crímenes. Una obediencia ciega no basta para excusar a los que se someten a ella. Así, el exterminio de un pueblo, de una nación o de una minoría étnica debe ser condenado como un pecado mortal. Existe la obligación moral de desobedecer aquellas decisiones que ordenan genocidios.

2314 “Toda acción bélica que tiende indiscriminadamente a la destrucción de ciudades enteras o de amplias regiones con sus habitantes, es un crimen contra Dios y contra el hombre mismo, que hay que condenar con firmeza y sin vacilaciones” (GS 80). Un riesgo de la guerra moderna consiste en facilitar a los que poseen armas científicas, especialmente atómicas, biológicas o químicas, la ocasión de cometer semejantes crímenes.

Hasta aquí las palabras del Catecismo de la Iglesia Católica.

Queda claro entonces, que un soldado que actúa en defensa de la patria, no es culpable de violar el mandamiento de "No matarás", se trata de una "Guerra Justa". Caso contrario son las guerras de invasión o "guerras preventivas" como lo han denominado ciertas naciones que imponen la guerra a otras  según la conveniencia de sus intereses, ahí sí, el soldado es culpable de homicidio.

PAX ET BONUM

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